Pucón: El sistema para vender tierras mapuche a no indígenas sin despertar las alarmas
Edmundo Figueroa, el abogado que tramitó la compraventa de terrenos de Ubilla y Mario Olmos, el consevador de bienes raíces que las inscribió, son conocidos en Pucón por haber desarrollado mecanismos para contravenir la Ley Indígena y vender terrenos protegidos.
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Después de que INTERFERENCIA revelara las tierras indígenas que el subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, compró -contraviniendo la Ley Indígena- al interior de la Comunidad Mariano Millahual, este medio recibió otras tres denuncias con casos similares en el sector de Pucón.
Esas denuncias tienen elementos en común: se tratan de compraventas de tierras indígenas adquiridas por chilenos de manos de mapuches, a precios considerablemente más bajos que los del mercado, las que además vulneran la Ley Indígena, que prohibe expresamente dichas transacciones.
Además aúna a todos estos testimonios la necesidad de mantenerlos en el anonimato por razón de protección de las fuentes, las que se sienten cohibidas o amedrentadas, dado que el eje central del conflicto es un personaje poderoso; el subsecretario del Interior y responsable del orden interno del país. De tal modo, 14 personas distintas entrevistadas para este reportaje, pidieron la misma medida cautelar para poder hablar libremente y sin temor de represalias.
Todas estas fuentes coinciden en dos nombres que se repiten al observar el entramado administrativo-legal que permite cursar los contratos de compraventa, pese a que estos evidentemente contravienen la Ley Indígena. Se trata del ex conservador de bienes raíces de Pucón, Mario Olmos, y el abogado y notario suplente de la misma localidad, Edmundo Figueroa.
Nombres que también aparecen en el caso Ubilla. Mientras que Olmos fue quien inscribió las tierras que Ubilla le compró a Guadalupe Moris en 2009, Figueroa ofició de abogado del subsecretario durante la compraventa de las parcelas ese mismo año.
“Mario hacía las cosas en conjunto con Edmundo”, dice un abogado de la región que conoció de cerca las operaciones que realizaban. “Siempre me quedé con la sensación de que no estaba bien lo que hacían. Y bueno, ahora están cuestionando las inscripciones y pidiendo la nulidad de esos actos”, complementa.
"Don Mario era muy amable con la gente. Mostraba su mejor su cara cuando estaba con nosotros mientras nos estaba engañando por la espalda", dice una mujer que perdió parte de sus tierras de manera irregular.
Según pudo reconstruir INTERFERENCIA a través de la lectura de varios documentos y la atención a varios testimonios, Olmos y Figueroa desarrollaron una estrategia en la cual aplicaron algunas figuras jurídicas del derecho civil para normalizar la compraventa de tierras indígenas y así contravenir la Ley Indígena.
Liquidación y venta de derechos
El artículo 13 de dicha Ley protege las tierras y señala que “no podrán ser enajenadas, embargadas, gravadas, ni adquiridas por prescripción, salvo entre comunidades o personas indígenas de una misma etnia”.
Frente a esta valla, Olmos y Figueroa diseñaron dos mecanismos para vadear esta prohibición: la liquidación de la sociedad conyugal y la cesión de derechos hereditarios.
Respecto al primer caso la estrategia consiste en cambiar el régimen patrimonial adoptado por un matrimonio donde uno de las partes era chilena y la otra mapuche. Con esto, las tierras indígenas -que entraban al patrimonio común mediante el cónyuge mapuche- después pasaban a un régimen de sociedad conyugal donde los bienes pasaban al cónyuge chileno.
Esta forma, determinada por la Ley como una adjudicación, se asimilaba a un título originario lo que supuestamente permitía sanear la tierra de su condición indígena y quedaba así disponible para ser vendida a cualquier persona no indígena. Esto es exactamente lo que Ubilla realizó, pero no es el único caso.
En cuanto a la cesión de derechos hereditarios, la estrategia consiste en que los deudos de un mapuche fallecido venden su porcentaje de la herencia -la que normalmente es solo tierras- a un tercero que es chileno. Al ser entendida la herencia en el derecho sucesorio como una unidad entitativa que no necesita expresar lo que es en concreto, el reparto de los distintos deudos se expresa solamente como una fracción, por lo que al adquirir dichos derechos de herencia por un tercero, se puede ocultar el hecho de que se trata tierras, en estos casos, indígenas.
Estos mecanismos resultaron particularmente eficaces en la zona de Pucón, pues coinciden ahí personas de altos ingresos dispuestos a pagar por parcelas de agrado (y a contravenir la Ley Indígena) y -al mismo tiempo- familias mapuches necesitadas de dinero líquido quienes solo cuentan con tierras como bienes.
“Se aprovechaban de la ignorancia y pobreza de la gente”, dice el abogado.
"Olmos hizo que mi abuelo pusiera la huella digital para hacerlo firmar documentos que no entendía", dice un hombre mapuche que vive actualmente en una comunidad.
En otra comunidad, un grupo de peñis recuerda haber realizado trabajos en su casa de Quetroleufu. "Cuando ya nos habíamos ido, nos hizo volver para que termináramos ese día lo que estábamos haciendo. Cuando terminamos todo, nos ofreció unos panes y comió y compartió con nosotros. Era una buena persona don Mario. Su único error fue juntarse con Figueroa", relata uno de ellos,
El conservador de bienes raíces de Pucón (y vecino de Ubilla)
Además de utilizar estos mecanismos para facilitar que otros interesados no mapuche pudieran comprar terrenos al interior de comunidades y zonas con títulos de merced vigentes, al menos en el caso de Olmos hay antecentes que permiten pensar que sacó provecho para sí de esta situación.
En el caso del ex conservador de bienes raíces de Pucón, se sabe que dispuso durante varios años de una casa al interior de la comunidad Mariano Millahual, de la que gozó hasta el 2010 cuando se fue a trabajar como conservador de bienes raíces de Los Vilos gracias a una permuta de cargos autorizada por el entonces ministro de Justicia, Felipe Bulnes.
Fuente: interferencia.cl - Victoria Viñals